A- de 2025
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Nieto Vanegas Nubia Esperanza·Demandado Universidad Distrital Francisco Jose De Caldas
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Acción de nulidad de acto administrativo y restablecimiento de derechos de empleado público
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto entre el Juzgado 009 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 063 Civil Municipal de Bogotá, suscitado por una demanda a través del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho instaurada por una ciudadana, en contra de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, con la finalidad de que se declare la nulidad de unas resoluciones mediante las cuales, la demandada reconoció las vacaciones y cesantías definitivas de la demandante, pero no habría reconocido ni cancelado los intereses moratorios causados por el retardo en el pago de las mismas, por lo que solicita se proceda al pago.
Cumplidos los presupuestos del conflicto de jurisdicciones, la Sala Plena advierte que la demandante se vinculó con la Universidad mediante una resolución, y en el momento de su renuncia, se encontraba designada por encargo mediante otra resolución, con lo que puede concluirse, prima facie, que ostentaba la calidad de empleada pública y la demanda pretende el reconocimiento de acreencias laborales.
Como consecuencia de lo anterior, concluye la Sala que corresponde a la jurisdicción de lo contencioso administrativo conocer de los procesos relativos a la relación legal y reglamentaria entre los servidores públicos y el Estado, en reiteración de lo dispuesto en Auto 635/24, que contempla la competencia especial sobre reconocimiento de derechos laborales por parte de una institución pública de educación superior autónoma, con base en los artículos 104.4 y 105.4 CPACA, 69 de la Constitución y 29, 57 y 79 de la Ley 30/93.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 009 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá y el Juzgado 063 Civil Municipal de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 009 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
- SEGUNDO. Por medio de la Secretaría General de esta Corporación, REMITIR el expediente CJU-6745 al Juzgado 009 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá para que adelante las funciones de su competencia y para que comunique lo pertinente a los interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.